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Fue la pena que el tribunal de juicio impuso a la imputada que había sido declarada responsable de haber chocado con su camioneta Toyota Hilux a la Duster, en la que viajaba una familia. La acusada está detenida desde marzo del año pasado.
General27/03/2025El tribunal de Viedma, integrado por los jueces Guillermo Bustamante, Carlos Reussi y Marcelo Álvarez, condenó a Ester Liliana Padilla Ibáñez a 5 años y 9 meses de prisión e inhabilitación especial durante 10 años para conducir vehículos por haber causado un siniestro vial en el que murieron Marta Liliana Andrade, de 75 años, y sus nietos Juan Cruz, de 28, y Tomás Andrade, de 11.
También, responsabilizaron a la imputada por las lesiones que sufrió Fabián Andrade, que conducía la Renault Duster en la que viajaban las víctimas fatales y que Padilla Ibáñez chocó con su camioneta Toyota Hilux.
La fiscalía había solicitado, junto con la querella particular, la pena máxima de 6 años de prisión para la acusada, que está detenida desde marzo del año pasado porque cumple prisión preventiva.
La defensa había alegado ante el tribunal, en la audiencia del juicio de cesura, por la pena mínima de 3 años de prisión en suspenso.
A finales de diciembre pasado, la mujer fue declarada penalmente responsable de los delitos de homicidio culposo (por tres víctimas) y lesiones leves culposas (por una víctima), ambos agravados por haber conducido un vehículo a motor en forma antirreglamentaria: bajo los efectos del alcohol, usando el teléfono celular, sin seguro vehicular, desobedeciendo la señalización vial y dándose a la fuga sin intentar auxiliar a las personas afectadas.
Una noche fatal en la Ruta Nacional 250
El hecho ocurrió la noche del 17 de marzo del año pasado, en la Ruta Nacional 250, a pocos kilómetros de Viedma.
El tribunal concluyó que la fiscalía y la querella probaron que la acusada invadió el carril contrario al iniciar una curva, perdió el control de la camioneta, que circulaba en dirección a General Conesa, y se despistó hacia la banquina izquierda. Al intentar regresar a su carril, colisionó contra la Renault Duster, que Andrade manejaba y que se dirigía en sentido contrario hacia a Viedma.
Durante el juicio, el tribunal analizó numerosas pruebas, incluyendo pericias al teléfono celular de la acusada, testimonios, peritajes médicos y documentales. Para los jueces, quedó acreditado que Padilla Ibáñez conducía con un nivel de alcoholemia superior a un gramo por litro de sangre y que operaba su celular mientras conducía a alta velocidad.
La defensa reconoció la existencia del hecho y la responsabilidad penal de su defendida, pero cuestionó la existencia de agravantes como la conducción bajo los efectos del alcohol, el uso del celular y la fuga. Sin embargo, el tribunal descartó esos argumentos y consideró probado cada uno de los elementos agravantes, informaron desde el Poder Judicial rionegrino.
Los jueces también valoraron de manera negativa la actitud posterior al siniestro: la acusada abandonó el lugar en medio de la noche sin dar aviso a las autoridades ni socorrer a las víctimas. En su teléfono se hallaron casi cien comunicaciones posteriores al hecho, ninguna de ellas dirigidas a los servicios de emergencia.
En la audiencia de cesura, el tribunal ponderó que la acusada no tenía antecedentes penales como único atenuante para disminuir la pena en 3 meses, pero también subrayó la gravedad inusitada del hecho y la falta de arrepentimiento en primera instancia.
R.N.
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